Declaración anual de personas morales. Impuestos Federales en México.
Domingo 16 marzo 2008 @ 9:36 pm

sat-imagen.jpgEl día 31 de este mes de marzo es la fecha marcada como tope para cumplir con la presentación de la declaración anual de impuestos federales por parte de las personas morales en México.

Las personas morales (P.M.) son agrupaciones de personas físicas (P.F.) o a su vez de otras personas morales cuya creación es formalizada por los Notarios Públicos con un Acta Constitutiva. No podemos tajantemente decir que las P.M. son las empresas, porque también existen personas físicas consideradas empresas (regidos bajo el Régimen de Personas Fiscas con Actividad Empresarial en la Ley del Impuesto Sobre la Renta). Las P.M. pueden ser constituidas bajo distintas figuras según la Ley General de Sociedades Mercantiles, por ejemplo como Sociedades Anónimas de Capital Variable, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades en Comandita, etc. o bajo el Código Civil para el caso de las Sociedades Civiles.

A grandes rasgos en nuestro país a nivel tributario los contribuyentes están clasificados en personas morales y personas físicas. Los primeros (Morales) cumplen con la obligación de presentar la declaración anual de impuestos a mas tardar el 31 de marzo del año posterior al que corresponde. Los segundos (Físicas) tienen el plazo de vencimiento un mes después, el 30 de abril. Los ejercicios fiscales son regulares, es decir del 1 de enero al 31 de diciembre del año respectivo.

Esta obligación tributaria se cumple desde hace varios años a través de internet. Se elaboran los cálculos contables y fiscales de impuestos en la contabilidad del contribuyente siendo necesario dejar reportes de todo el proceso de determinación de los impuestos a pagar. Posteriormente se vacía la información en un programa llamado DEM (Declaración del Ejercicio de Personas Morales) que el propio Servicio de Administración Tributaria mexicano distribuye en su portal, se encripta dicha información y se envía por ese mismo sitio web con una llave electrónica de identificación previamente tramitada y exclusiva de cada contribuyente. A cambio se recibe de manera inmediata un acuse de envió y posteriormente un acuse de recibo de la propia declaración de impuestos con una cadena digital que certifica la validez y el numero de la operación.

¿Qué impuestos se envían en esta declaración? Básicamente dos: el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Activo (IMPAC). El Impuesto al Valor Agregado (IVA) no se incluye en ella ya que técnicamente se considera un “impuesto definitivo” y no un “impuesto provisional” como los dos primeros. Pero ¿Qué es un impuesto definitivo y que es un impuesto provisional? Un impuesto definitivo es aquel que se debe ir pagando tal cual como se cause mes tras mes (o según su periodicidad obligada), y un impuesto provisional es aquel que se paga con base en pagos anticipados “provisionalmente” durante el transcurso del año a cuenta de un cálculo anual más complejo y del cual se debe hacer precisamente una declaración anual (tema de este articulo) para pagar la diferencia que falte al Fisco o bien solicitarla en devolución si se anticipo dinero de mas en los pagos provisionales durante el transcurso del año. Para este ejercicio fiscal entro en vigor el IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única) que también es considerado impuesto provisional, por lo que en el mes de marzo de 2009 se presentara su declaración anual correspondiente al año 2008.

En esta declaración anual a presentarse a mas tardar el 31 de marzo de 2008 se determinara la cantidad en definitiva de los Impuestos Sobre la Renta y al Activo y se informara de ellas a la Secretaria de Hacienda por medio del portal de su órgano desconcentrado, el Servicio de Administración Tributaria de México, como consecuencia de esto se pagaran impuestos vía transferencia electrónica bancaria o se generara un saldo a favor con derecho a recuperación previa solicitud de devolución ante la Autoridad Hacendaria.

En algunos casos (dependiendo del tiempo transcurrido) se considerará delito de defraudación fiscal federal el no cumplir con la presentación de esta declaración anual, mismo que puede tener graves consecuencias para los contribuyentes incumplidos.

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Comments (4) - Archivado en Categoría Economí­a y Finanzas escrito por  



4 responses to “Declaración anual de personas morales. Impuestos Federales en México.”

  •   aMeRiCa escribió:

    me podrías decir cuales son las principales responsabilidades fiscales de una Asociación Civil?

  •   Rob (Administrador) escribió:

    @ America. Te recomiendo veas el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, mismo que inicia en el artículo 93 de la misma, y concretamente en el artículo 101 de la propia LISR encontraras sus obligaciones.

  •   carlos escribió:

    quisiera saber si es la misma situacion el pago de impuestos para una persona fisica que para una persona moral,,,en relaion de que queremos poner un negocio y no sabemos si poenrlo como personas fiscia o realizarlo como personas morales,,,cuales son las ventajas y desventajas

  •   Oswaldo escribió:

    cual es el formulario para presentar la declaracion anual de una asociacion civil

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